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>Pedro Herrera Molina
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
Catedrático de Derecho Financiero en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Miembro de la Sección de Derecho Financiero de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación como académico correspondiente. Representante español en el Comité Científico de la European Association of Tax Law Professors, Ha sido Vocal Asesor del Instituto de Estudios Fiscales y Presidente del Tribunal Económico Administrativo de Pozuelo de Alarcón. Ha sido miembro de la Comisión para la Reforma del Sistema Tributario Español (2014). Es autor de diversas monografías sobre justicia tributaria, fiscalidad ambiental, procedimientos tributarios y fiscalidad internacional y comunitaria.
Catedrático de Derecho Financiero en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Miembro de la Sección de Derecho Financiero de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación como académico correspondiente. Representante español en el Comité Científico de la European Association of Tax Law Professors, Ha sido Vocal Asesor del Instituto de Estudios Fiscales y Presidente del Tribunal Económico Administrativo de Pozuelo de Alarcón. Ha sido miembro de la Comisión para la Reforma del Sistema Tributario Español (2014). Es autor de diversas monografías sobre justicia tributaria, fiscalidad ambiental, procedimientos tributarios y fiscalidad internacional y comunitaria.
Tipo de participación en el congreso
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Actividad: |
ST-34
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Ponencia: |
Aspectos generales de la fiscalidad ambiental
[resumen ponencia]
El establecimiento de la fiscalidad ambiental constituye una exigencia de una adecuada política para proteger el medio ambiente. Además, aunque de modo indirecto, encuentra su respaldo en el Derecho constitucional y en el ordenamiento de la Unión Europea. En el caso español nos encontramos con numerosos impuestos relacionados con la energía. Ahora bien, tanto en el ámbito estatal con el autonómico encontramos falsos tributos ambientales con una finalidad meramente recaudatoria. En cuanto a aquellos tributos que disponen de un auténtico diseño ambiental, la falta de coordinación limita su eficacia. Por consiguiente, la reforma fiscal verde constituye un objetivo para España.
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